INFORMACIÓN EN PÁGINA WEBPROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO DE TÍTULOSPROFESIONALES O EL REGISTRO DE TÍTULOS TÉCNICOS EN CANCILLERÍA:
A contar del día 5 de diciembre de 2016, el trámite de reconocimiento o registro de títulos
deberá efectuarse online en el siguiente link:
https://reconocimientodetitulos.minrel.gob.cl/
Los interesados (chilenos o extranjeros), deben haber obtenido su título en uno de los
siguientes países con los cuales Chile ha celebrado tratados:
Tratados Bilaterales
- Brasil.
- Colombia.
- España (sólo se aplica a chilenos y médicos españoles).
- Perú.
- Uruguay.
Tratado Multilateral
Convención de México sobre Ejercicio de Profesiones Liberales, firmada en México el 28 de
enero de 1902, se aplica a los títulos obtenidos en:
- Bolivia.
- Costa Rica.
- El Salvador.
- Guatemala.
- Honduras.
- Nicaragua.
- Perú.
Respecto de títulos profesionales obtenidos en otros países, los interesados deben
consultar en la Oficina de Títulos y Grados de la Prorrectoría de la Universidad de Chile. www.portaluchile.uchile.cl/revalidacion
Situaciones Especiales:
Quienes deseen reconocer un título otorgado en un Estado Parte de la Convención de México de 1902, relacionado con la medicina y la cirugía (Médicos, Odontólogos, Químico-Farmacéutico, Médicos Veterinarios, Nutricionistas; Obstetras, Kinesiólogos, Tecnólogos Médicos, Enfermeras), deben rendir previamente un examen general, según establece el artículo III de dicho instrumento internacional, para lo cual el Ministerio de Relaciones Exteriores luego de recepcionar los antecedentes, los remite a la Universidad de Chile.
En el caso de los Licenciados en Derecho o abogados, el reconocimiento que se efectúa mediante este proceso, no habilita para el ejercicio profesional. Solo la Excma. Corte Suprema de Chile es quien otorga el correspondiente título de abogado, trámite que debe ser efectuado con posterioridad ante ésta.
En aplicación del Convenio bilateral con España, respecto de personas de nacionalidad española sólo se reconoce el título de Licenciado en Medicina y Cirugía. En el caso de personas de nacionalidad chilena, solamente se reconocen los títulos que se indican en la tabla siguiente:
NOMBRE DEL TÍTULO EN CHILE |
NOMBRE DEL TÍTULO EN ESPAÑA |
Título Médico-Cirujano |
Licenciado en Medicina y Cirugía |
Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales |
Licenciado en Derecho |
Licenciado en Ciencias, con mención en Matemáticas o Licenciado en Matemáticas |
Licenciado en Matemáticas o Licenciado en Ciencias, Sección Matemáticas |
Licenciado Ciencias, con mención en Química, o Licenciado en Ciencias Químicas |
Licenciado en Ciencias Químicas, o Licenciado en Ciencias, Sección de Químicas |
Licenciado en Ciencias, con mención en Física, o Licenciado en Física |
Licenciado en Ciencias Físicas, o Licenciado en Ciencias, Sección de Físicas |
Arquitecto |
Arquitecto |
Licenciado en Ciencias, con mención en Biología, o Licenciado en Ciencias Biológicas |
Licenciado en Ciencias Biológicas o Licenciado en Ciencias, Sección de Biología |
Licenciado en Química y Farmacia |
Licenciado en Farmacia |
Título Médico-Veterinario |
Licenciado en Veterinaria, especialidad de "Medicina y Sanidad Animal" |
Ingeniero Comercial, con mención Económica, o con mención en Administración |
Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales, Sección de Económicas o Sección de Empresariales |
Ingeniero Agrónomo |
Ingeniero Agrónomo, especialidad de "Fitotecnia", "Zootecnia" y "Economía Agraria" |
Licenciado en Filosofía con mención en Educación |
Licenciado en Filosofía y Ciencia de la Educación, Sección de Ciencias de la Educación |
Licenciado en Filosofía con mención en Filosofía |
Licenciado en Filosofía, y Ciencias de la Educación, Sección de Filosofía |
Sección de Reconocimiento y Registro de Títulos:
Agustinas 1320, Santiago, Chile
serviciosconsulares@minrel.gob.cl