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Solicitud de Informar Fallecimiento de un Pensionado IPS
¿En qué consiste?

Es la Solicitud que efectúa ante el Consulado de Chile correspondiente, un familiar de un pensionado del Instituto de Previsión Social (IPS) a objeto de que se informe al Organismo Previsional, el fallecimiento del pensionado, para el cese de los pagos previsionales y dar de baja el beneficio.

¿Dónde se realiza?

En los Consulados de Chile.

¿A quién está dirigido?

A los familiares o cercanos de algún pensionado del I.P.S. fallecido en el exterior.

Requisitos

Comprobante de Pago o Liquidación de Pago Pensión

Fotocopia Cédula de Identidad Chilena del Pensionado fallecido

Inscripción Consular de Defunción o Copia del Certificado de Defunción Extranjero (En el caso de documentos en idioma extranjero, traducidos al español).

Producto

I.P.S. informado del fallecimiento del pensionado y Beneficio dado de baja.

Observaciones

No tiene costo

IMPORTANTE:

Las pensiones percibidas con posterioridad al mes de fallecimiento del pensionado constituyen “Deuda de Seguridad Social” por cobros indebidos, los cuales deben ser restituidos al IPS.