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Jueves 17 de junio de 2010  
Chile adhiere al Protocolo de la III Convención Contra el Crimen Internacional
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Con el depósito del instrumento que realizó hoy el Ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter, en Nueva York, Chile adhirió al Protocolo III de la Convención de Palermo contra el Crimen Trasnacional de Naciones Unidas.

 

Con este depósito, nuestro país se hace parte tanto de la Convención de Palermo como de todos los Protocolos que la complementan. Respecto del Protocolo de armas en particular, la adhesión refuerza la normativa chilena en materia de acceso a armas pequeñas y ligeras, lo que incidirá directamente en la reducción de delitos, en tanto que la prevención y el control de la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego están íntimamente vinculados con el combate a la delincuencia organizada, existiendo una correlación directa entre las debilidades del régimen jurídico que norma el acceso a armas de fuego y la disponibilidad de armas en un territorio determinado.

 

Lo anterior presenta especial relevancia por cuanto numerosas investigaciones de centros de estudios, universidades y organizaciones no gubernamentales señalan que el empleo de las armas pequeñas y ligeras provocan el mayor número de pérdidas humanas. Estudios recientes de Naciones Unidas indican que cerca de un 90% de las muertes y heridos en conflictos son resultado de la utilización de este tipo de armamento.

 

El Protocolo sobre armas de fuego es el primer instrumento mundial jurídicamente vinculante en materia de este tipo de armas. Ofrece a los Estados firmantes un marco de cooperación amplio con el fin de prevenir, combatir y erradicar la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego, sus piezas, componentes y municiones, con la consecuente reducción en la disponibilidad de armamento pequeño.

 

Asimismo, al ratificar este Protocolo, Chile asume la obligación de tipificar como delito la fabricación y el tráfico ilícito de armas, así como la alteración ilícita de las marcas de un arma de fuego; adoptar medidas (de conformidad a los ordenamientos jurídicos internos) para permitir el decomiso, incautación y destrucción de armas de fuego, sus piezas, componentes y municiones que hayan sido objeto de fabricación o tráfico ilícito y la entrega de información relativa a armas de fuego, sus piezas, componentes y municiones, así como de información relacionada con grupos delictivos organizados para el tráfico ilícito de armas, experiencias legislativas e información científica y tecnológica en estas materias.