En relación a la posibilidad de obtener la aprobación del Estatus de Protección Temporal (TPS) por parte de Estados Unidos a los ciudadanos chilenos, como consecuencia del trágico terremoto y tsunami acaecido el 27 de febrero último, se informa que el gobierno de Chile, a través de su Embajada en Estados Unidos, efectuó consultas con el Departamento de Estado. El Departamento de Seguridad Interna (Department of Homeland Security), en coordinación con otras agencias gubernamentales, realizó una evaluación en que consideraron factores post terremoto como el nivel de gobernabilidad, la vigencia del estado de derecho y la posibilidad que dichos ciudadanos puedan desarrollar actividades normales en su paÃs de origen, entre otros, para concluir que ninguno de dichos factores se daba en Chile para hacerlo elegible al TPS. No obstante ello, y producto de la misma evaluación, el Servicio de CiudadanÃa e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) hizo público ciertos beneficios inmigratorios disponibles para los ciudadanos chilenos tras las catástrofes naturales que han afectado el paÃs. Se reproduce BoletÃn Informativo emitido por el USCIS emitido el pasado 10 de marzo sobre el particular."
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10 de marzo, 2010
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USCIS emite recordatorio a ciudadanos de Chile acerca de beneficios inmigratorios disponibles
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WASHINGTON- El Servicio de CiudadanÃa e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) emitió un recordatorio a los ciudadanos chilenos sobre ciertos beneficios inmigratorios disponibles tras las catástrofes naturales que han afectado a ese paÃs.
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El personal del USCIS está conciente de que un desastre natural puede afectar la capacidad de un individuo de establecer o mantener su estatus de inmigración legal. Ciertas medidas de ayuda temporales para los ciudadanos de Chile pueden incluir:
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- La concesión de una solicitud de cambio o extensión de estatus como inmigrante a nombre de un ciudadano chileno que se encuentra en los Estados Unidos actualmente, incluso cuando la solicitud es presentada después de que perÃodo autorizado de la admisión ha vencido;
- Extensión de un permiso de estadÃa condicional concedida por USCIS;
- Extensión del documento de Venia de Reingreso y tramitación acelerada de solicitudes para permisos de viaje;
- Tramitación y aprobación acelerada, cuando sea posible, de las solicitudes para autorización de empleo fuera del campus debido a las dificultades económicas para los estudiantes con el visado F-1;
- Tramitación acelerada de las peticiones de inmigrantes para familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales (LPRs, por sus siglas en inglés);
- Tramitación acelerada del documento de autorización empleo, cuando proceda, y
- Asistencia a Residentes Permanentes Legales (LPRs, por sus siglas en inglés) varados en el extranjero sin documentos, en coordinación con el Departamento de Estado.
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Para obtener más información sobre los programas humanitarios de USCIS, visite www.uscis.gov/espanol o llame al (800) 375-5283.