El crecimiento de las actividades de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos ha sido paralelo a la fuerza que ha ido adquiriendo el movimiento internacional de derechos humanos desde que la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptara la Declaración Universal de Derechos Humanos el 10 de diciembre de 1948. Ésta fue redactada como “ un ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse”, y establece, por primera vez en la historia de la humanidad, los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales básicos de los que todos los seres humanos deben gozar. Ha sido, con el tiempo, ampliamente aceptada como las normas fundamentales de derechos humanos que todos los Estados deben respetar. El 10 de diciembre, para conmemorar la fecha en que se aprobó este instrumento internacional, se celebra en todo el mundo el Día Internacional de los Derechos Humanos. La Declaración Universal, junto con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, sus dos Protocolos Facultativos, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, forman la “Carta Internacional de Derechos Humanos”.
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH) ha crecido considerablemente desde sus inicios hace unos sesenta años. La organización comenzó como una pequeña división ubicada en la sede principal de las Naciones Unidas en el decenio de 1940. Más tarde, esta división se trasladó a Ginebra y pasó a ser el Centro de Derechos Humanos en el decenio de 1980. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos en 1993, la comunidad internacional decidió establecer un mandato de derechos humanos más sólido y con mayor apoyo institucional. En consecuencia, los Estados miembros de las Naciones Unidas, mediante una resolución de la Asamblea General, crearon en 1993 la OACDH.
El desarrollo del derecho internacional de los derechos humanos, ha implicado el establecimiento de una serie de órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas para responder a la evolución de los desafíos en esta materia. Se trata de los Comités, órganos creados en virtud de cada uno de los tratados internacionales de derechos humanos, los cuales están compuestos por expertos independientes que tienen el mandato de velar por que los Estados Partes cumplan las obligaciones dimanantes de estos instrumentos internacionales. Asimismo, el Consejo de Derechos Humanos que depende directamente de la Asamblea General, y en está en funciones desde 2006, ha ampliado el mandato de los denominados Procedimientos Especiales y ha establecido la realización de un Examen Periódico Universal (EPU) acerca del cumplimiento de las obligaciones y compromisos de cada Estado en materia de derechos humanos.
Chile presentó su Examen Periódico Universal (EPU) durante la quinta sesión del Grupo de Trabajo EPU, efectuada en Ginebra del 5 al 15 de mayo de 2009.
Dentro del sistema de derechos humanos de Naciones Unidas, a Chile, como Estado miembro del Consejo de Derechos Humanos le corresponde participar en los tres períodos de sesiones del Consejo; en el período anual de sesiones de la Asamblea General (reuniones de la Tercera Comisión y del Plenario); y en el Período Sustantivo del Consejo Económico y Social, como Estado observador, en tanto no seamos miembros.
Al respecto cabe señalar que el 20 de mayo de 2011, Chile fue reelegido en Nueva York como miembro del Consejo de Derechos Humanos para el período 2011-2014.
Adicionalmente, se debe destacar la importante participación de expertos nacionales en los Comités de Tratados de Derechos Humanos, como los casos de la señora Marta Maurás en el Comité de los Derechos del Niño, el señor Claudio Grossman en el Comité contra la Tortura y la señora María Soledad Cisternas en el Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
En los Mandatos Temáticos del Consejo de Derechos Humanos, en el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria el relator es el Señor Roberto Garretón. La señora Magdalena Sepúlveda es Relatora Especial sobre la Extrema Pobreza y los derechos humanos. La señora Patricia Arias es Relatora del Grupo de Trabajo sobre el uso de mercenarios como medio de obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación.
La Dirección de Derechos Humanos elabora y envía a los Comités creados en virtud de los tratados de derechos humanos, informes periódicos sobre el cumplimiento por parte de Chile de dichas convenciones.
1. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, cuyo Quinto Informe periódico (
| 325 kb.) se envió al Comité de Derechos Humanos el año 2007. Dicho Comité emitió las Observaciones finales (
| 42 kb.) a ese informe el año 2007.
a) El Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
b) El Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a Abolir la Pena de Muerte.
2. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, cuyo Cuarto Informe periódico (
| 267 kb.) se envió al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales el año 2011. Dicho Comité emitió las Observaciones finales (
| 87 kb.) del Tercer Informe periódico el año 2004.
3. La Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, cuyo 15°-18° Informe periódico (
| 613 kb.) se envió al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial el año 2008, quien emitió sus Observaciones finales (
| 53 kb.) de aquel informe el año 2009.
4. La Convención contra la Tortura y Otras Penas o Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, cuyo Quinto Informe periódico (
| 352 kb.) se envió al Comité contra la Tortura el año 2007, quien emitió sus Observaciones finales (
| 43 kb.) de aquel informe año 2009.
5. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, cuyo Quinto y Sexto Informe combinado (
| 486 kb.) se envió al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer el día 6 de enero del año 2011.
a) El Protocolo Facultativo de la Convención sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, suscrito por Chile el año 1999, pendiente aprobación legislativa.
6. La Convención de los Derechos del Niño, cuyo Tercer Informe periódico (
| 575 kb.) se envió al Comité de los Derechos del Niño el año 2005, quien emitió sus Observaciones finales (
| 145 kb.) a ese informe el año 2007.
a) El Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño relativo a la Participación de Niños en Conflictos Armados, cuyo Informe inicial (
| 68 kb.) se envió al Comité de los Derechos del Niño el año 2007, quien emitió sus Observaciones finales (
| 110 kb.) el año 2008.
b) El Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, cuyo Informe inicial (
| 98 kb.) se envió al Comité de Derechos del Niño el año 2007, quien emitió sus Observaciones finales (
| 138 kb.) de ese informe el año 2008.
7. La Convención Internacional para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias, cuyo Informe inicial (
| 472 kb.) se envió al Comité para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias el año 2010, quien emitió sus Observaciones finales (
| 72 kb.) el 23 de septiembre de 2011.
8. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, cuyo informe periódico se presenta ante el Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
a) El Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
9. La Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, ratificada por el Estado de Chile y con vigencia internacional desde el 23 de diciembre de 2010.
Adicionalmente las fechas de ratificación, adhesión y publicación de estos Instrumentos Internacionales.

