Volver
Enviar
Imprimir
Traducciones
Solicitud de traducción de documentos.

El Departamento de Traducciones realiza las traducciones de un idioma extranjero al español o viceversa. Además, presta el servicio de interpretación para manifestaciones y celebraciones de matrimonio que se realicen dentro de la ciudad de Santiago.


¿Es obligación que las traducciones o interpretaciones sean efectuadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores?

 

No. En conformidad con la Resolución Exenta N° 2254 de fecha 20 de octubre de 2010 y publicada en el Diario Oficial con fecha 3 de noviembre del mismo año, "El Ministerio de Relaciones Exteriores no efectuará, a contar del 1 de enero de 2011, la traducción de documentos para actuaciones judiciales distintas a las referidas en el artículo 437 del Código Procesal Penal". Cabe señalar que las actuaciones judiciales referidas en el citado artículo dicen relación con la tramitación del fallo que acoge la solicitud de extradición activa.

 

En consecuencia, no existe obligatoriedad alguna de realizar las traducciones en esta Secretaría de Estado a excepción de las indicadas en la Resolución señalada anteriormente. Sin embargo, a pesar de que el Ministerio de Relaciones Exteriores no se encuentra obligado a efectuar otro tipo de traducciones, el Departamento de Traducciones de esta Secretaría de Estado presta el servicio de traducción al público general, ya que el servicio es facultativo tanto para los particulares como para lo órganos del Estado.

 

 

¿Con qué idiomas cuenta actualmente el Departamento para las traducciones?

 

  • Inglés-Español / Español-Inglés
  • Francés-Español / Español-Francés
  • Alemán-Español / Español-Alemán
  • Portugués-Español
  • Italiano-Español

 

 

¿Con qué idiomas cuenta actualmente el Departamento para las interpretaciones de matrimonios?

 

  • Inglés
  • Francés
  • Alemán
  • Chino

 

¿Qué requisito debe cumplir un documento para solicitar una traducción?

 

Para solicitar una traducción en el Departamento de Traducciones basta con traer el documento que se requiere traducir. No obstante lo anterior, generalmente las instituciones que solicitan la traducción exigen que el documento original se encuentre debidamente legalizado.

 

 

¿Cómo se legalizan los documentos de estudio chilenos?

 

Todo documento de estudio emitido en Chile se legaliza primero en el Ministerio de Educación -o Seremi de Educación- y luego en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

 

 

¿Cómo se legalizan los documentos emitidos por el Servicio de Registro Civil de Chile?

 

Todo documento emitido por el Servicio de Registro Civil de Chile se legaliza primero en el Archivo General del Registro Civil -o Dirección Regional de Registro Civil-, luego en el Ministerio de Justicia -o Seremi de Justicia- y finalmente en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

 

 

¿Cómo se legalizan los documentos emitidos en el extranjero?

 

Todo documento emitido en el extranjero se legaliza primero en el Consulado Chileno en el otro país y luego en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

 

 

¿Cuáles son los plazos y las tarifas de las traducciones?

 

El costo y los plazos de la traducción dependen del idioma, la extensión, el tipo de documento y la urgencia con que se solicite. Se recomienda realizar estas consultas directamente en el módulo de atención de público de Traducciones con el documento a la vista.

 

 

¿Dónde están establecidas las tarifas y el formato de la traducción?

 

Las tarifas están establecidas en el Decreto Supremo N° 64 de fecha 28 de febrero de 2003, en el que se señala que éstas "serán reajustadas automáticamente, una vez al año, en el 100% del I.P.C. anual de cada año calendario". Las tarifas correspondientes al año en curso se encuentran disponibles en la atención de público del Departamento para toda persona que las solicite. El formato se encuentra especificado en el mismo Decreto.

 

 

¿Cómo se paga el servicio de traducción?

Se puede pagar en efectivo o con un cheque al día a nombre de Ministerio de Relaciones Exteriores. Al momento de ingresar el documento para traducción, se paga un abono equivalente al 50% del total estimativo y el saldo se paga al momento de retirar la traducción.

 


¿Puede otra persona hacer los trámites por el interesado?

 

Sí. No es necesario que venga el mismo interesado a hacerse cargo de la solicitud de traducción; lo importante es que venga alguien personalmente, dado que no se reciben documentos por correo.

 


¿Cuál es la dirección y el horario de atención?

La dirección es Agustinas 1320, primer piso, Santiago (metro Moneda), costado del Edificio Carrera. El horario de atención es de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 hrs.